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Únicamente deben Imprimir la actividad (se realizará en clase el lunes).
JUEVES
Únicamente deben Imprimir lo siguiente:
DECLARACIÓN
DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Principio
1:
El niño disfrutará de todos los
derechos enunciados en esta declaración.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Principio
2:
El niño gozará de una protección
especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la
ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual
y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad
y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a la
que se atendrá será el interés superior del niño.
Principio
3:
El niño tiene derecho desde su
nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
Principio
4:
El niño debe gozar de los beneficios
de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud;
con este fin deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados
especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendrá derecho a
disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Principio
5:
El niño física o mentalmente impedido
o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación
y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Principio
6:
El niño, para el pleno y armonioso
desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea
posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en
todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material; salvo
circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su
madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar
especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de
subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene
conceder subsidios estatales o de otra índole.
Principio
7:
El niño tiene derecho a recibir
educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas
elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le
permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes
y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar
a ser un miembro útil de la sociedad.
El interés superior del niño debe ser
el principio rector de quienes tiene la responsabilidad de su educación y
orientación; dicha responsabilidad incumbe en primer término a los padres.
El niño debe disfrutar plenamente de
juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines
perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se
esforzarán por promover el goce de este derecho.
Principio
8:
El niño debe, en todas
circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio
9:
El niño debe ser protegido contra
toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo
de trata.
No deberá permitirse al niño trabajar
antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le
permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su
salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
Principio
10:
El niño debe ser protegido contra las
prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de
cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión,
tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena
conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus
semejantes.
VIERNES
Únicamente deben Imprimir. (La actividad se realizará en clase).
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DERECHOS
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NECESIDADES
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DEBERES
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Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, credo o nacionalidad.
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Derecho a una protección especial para su desarrollo físico, mental y
social.
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Derecho a un nombre y
nacionalidad.
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Derecho a una alimentación, vivienda y atención médica adecuada.
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Derecho a una educación y cuidados especiales para el niño física o
mentalmente disminuido.
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Derecho a comprensión y amor por parte de los padres y la sociedad.
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Derecho a recibir educación gratuita y disfrutar de los juegos.
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Derecho a ser el primero en recibir ayuda en casos de desastre.
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Derecho a ser protegido contra el abandono y la explotación en el
trabajo.
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Derecho a formarse en un espíritu de solidaridad, comprensión,
amistad y justicia entre los pueblos.
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